Declaraciones tributarias que deben ser firmadas por contador público
Uno de los requisitos de las declaraciones tributarias para que se den por presentadas es que estén firmadas por quienes deben hacerlo. Y una de las personas que debe firmar las declaraciones, además del representante legal, es el Contador público o Revisor fiscal. La pregunta es cuando las declaraciones tributarias deben estar firmadas por contador público o revisor fiscal.
Para el efecto recurriremos al estatuto tributario los requisitos de las declaraciones tributarias. Entendiéndose entre estas las de renta y complementarios, impuestos sobre las ventas, la retención en la fuente, ingresos y patrimonio, etc.
Estatuto Tributario, Artículo 596. Contenido de la declaración de renta.
La declaración del impuesto sobre la renta y complementarios deberá presentarse en el formulario que para tal efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales. Esta declaración deberá contener:
- El formulario que para el efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales debidamente diligenciado.
- La información necesaria para la identificación y ubicación del contribuyente.
- La discriminación de los factores necesarios para determinar las bases gravables del impuesto sobre la renta y complementarios.
- La liquidación privada del impuesto sobre la renta y complementarios, incluidos el anticipo y las sanciones, cuando fuere del caso.
- La firma de quien cumpla el deber formal de declarar.
- La firma del revisor fiscal cuando se trate de contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad y que de conformidad con el Código de Comercio y demás normas vigentes sobre la materia, estén obligados a tener Revisor Fiscal.
Los demás contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios firmada por contador público, vinculado o no laboralmente a la empresa, cuando el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable, o los ingresos brutos del respectivo año, sean superiores a 100.000 Uvt
Cuando se diere aplicación a lo dispuesto en el presente numeral, deberá informarse en la declaración de renta el nombre completo y número de matrícula del contador público o revisor fiscal que firma la declaración.
Como se puede observar, en primer lugar dice que la declaración de renta debe ser firmada por revisor fiscal cuando según el código de comercio y demás normas vigentes el contribuyente este obligado a tener el revisor fiscal. Y según el código de comercio:
ARTICULO 203. SOCIEDADES QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER REVISOR FISCAL.
Deberán tener revisor fiscal:
1) Las sociedades por acciones;
2) Las sucursales de compañías extranjeras, y
3) Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento del capital.
Por otro lado, la ley 43 del 90, Art. 13, parágrafo 2 contempla: Será obligatorio tener Revisor Fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos.
(Vea con mas detalle: Obligados a tener revisor fiscal)
Debida cuenta que los contribuyentes que estén contemplados en estas normas deben presentar sus declaraciones firmadas por revisor fiscal sin considerar el tope de patrimonio o ingresos de que habla el artículo 596 del estatuto tributario, pues la obligación de tener firma de revisor fiscal la da el artículo 203 del código de comercio y la ley 43 del 90.
Luego el mismo artículo 596 del estatuto tributario dice que los demás contribuyentes, es decir, aquellos que no estén obligados a tener revisor fiscal de acuerdo al código de comercio y/o ley 43 del 90, deben presentar las declaraciones firmadas por contador publico siempre y cuando su patrimonio bruto o ingresos brutos superen 100.000 Uvt y que además estén obligados a llevar contabilidad.
Es decir, que si no se esta obligado a tener revisor fiscal, y se esta obligado a llevar libros de contabilidad y además alcanza el tope de patrimonio, debe presentar sus declaraciones de renta firmada por contador publico.
Por otro lado, si se esta obligado a llevar contabilidad pero no alcanza el tope de patrimonio o ingresos, no requiere que sus declaraciones estén firmadas por contador publico.
Lo anterior es aplicable a las declaraciones de renta (Art. 596), de ingresos y patrimonio (Art, 599), de IVA (Art. 602), de retención en la fuente (Art. 606). Estos artículos son del estatuto tributario.
La única excepción es la declaración de IVA cuando esta presente saldo a favor, caso en el cual debe necesariamente estar firmada por contador publico sin tener en cuenta los requisitos anteriores.


los felicito, por la pagina y la informacion que han suministrado, DIOS LOS BENDIGA, Quiero hacer una presgunta, si yo puedo firmar declaracion de iva en la empresa de un hermano el es el representante legal. no tengo claro que se puede o no GRACIAS
Buenas tardes… tengo una pregunta
No sé si un contador fiscal que se va a desvincular en junio del siguiente año debe firmar la declaración de renta o debe ser quien sea el futuro revisor.
Seria lo mejor, y lo adecuada que el contador fiscal, firme antes de desvincularce, paa evitar una sancion y no perjudicar a la empresa ya que le traeria varios problema a esta, lo mejor y lo q comtenpla la ley es firmarlos…
buenas noches
mi pregubta es:
las corporaciones que pertenecen al regime especial responsables de la retencion en la fuente, sus declaraciones deben ir firmadas por un contador?
gracias
Los felicito, el articulo me parece muy bueno.
una declaracion de renta de una persona natural que arroja saldo a favor debe ir firmada por contador publico?, considerando que no supera los topes de ingresos.. gracias
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Ante la DIAN firma siepre el Revisor Fiscal
tengo una duda, y es, si una empresa tiene obligacion de tener firma de contador publico y ademas supera los topes para estar obligado a tener revisor fiscal, cual de los dos firma en la DIAN???
Saludos y felicitaciones por su pagina…les planteo algo: es mi primer año fiscal y el contador que teniamos hizo los libros hasta junio 2009 y mal hecho, yo tengo todas las facturas de ventas, compras, pagos, etc… muchas facturas de pagos y compras las hice desde mi cuenta personal pero a nombre de la empresa. mi pregunta es: para efectos del ISLR como relaciono esos facturas que estan a nombre de la empresa pero que realicé con dinero de mi cuenta personal?..Gracias de antemano por su valiosa y esperada respuesta…
la pagina es lo maximo es lo mas completo que un contador puede encontrar ,los felicito y no pues que es muy interesante conocer una pagina tan completa como esta
pregunto:
un contador publico que no ha tenido ningun estudio o titulo de revisor fiscal, puede ejercer la revisoria fiscal?
ola
quiero saber cuantos y cuales son los CONTADOrES GENERALES DE LA NACION ha tenido colombia, por favor necesito la respuesta lo mas pronto posible
Buenas un contador me dijo que la declaracion de renta de mi empresa no tenia que estar firmada por contador ya que es recien creada y todos los mese aparecen en ceros eso es verdad?
las declaraciones de renta con saldo a favor deben firmarlas el contador
gracias
una declaracion de iva saldo a favor presentada y no firmada por el contador?????
que hago cual sanción debo aplicar y como
Gracias
ana
Jose Ventura
Es mi interes conocer cuales son las causaciones tributarias, cuando se hace la cesion en vida de un bien inmueble
Mil gracias
Don Josue Silva:
Nosotros los Contadores Públicos, estamos en capacidad de optar para ejercer la función de Resisor Fiscal. Eobvio que si se tiene una preparación especifica en la materia mucho mejo
Saludos
Se presento 2 declaraciones una de iva con saldo a favor periodos y una de retencion en la fuente periodo 11 de 2008 las declaraciones se presentaron oportunamente y la de retencion con el respectivo pago pero no fueron firmadas por el representante legal, la DIAN en su circular 066 de 2008 dice que si la dian no se pronuncia al respecto mediante el envio de un auto declarativo que que asi lo ordene las declaraciones se consideran validamente presentadas.
PREGUNTA: espero a que trasncurra el tiempo para que quede en firme o la ppresento con la correcion de la firma y si tiene o no sancion la correcion de la firma sabiendo que no va a modificarse ningun valor. gracias