A una empleada doméstica se le debe pagar por lo menos el salario mínimo cuando trabaja el tiempo completo, y cuando trabaja medio tiempo o por días, la proporción correspondiente según el tiempo que haya laborado.
- Cuánto se le paga a una empleada doméstica en el 2024.
- Cuanto se le paga a una empleada doméstica por día en 2024.
- Seguridad social empleadas domésticas 2024.
- Parafiscales empleadas domésticas en el 2024.
- Prestaciones sociales empleada doméstica en 2024.
- Valor total del día de trabajo de una empleada doméstica.
- Indemnización por despido injusto de empleada doméstica.
- Pagos en especie a la empleada doméstica.
- ¿Cuánto se le paga a una empleada doméstica interna?
Cuánto se le paga a una empleada doméstica en el 2024.
Para el caso de una empleada que labora el mes completo, se le debe pagar el salario mínimo, que para el 2024 es de $1.300.000 mensuales.
Si la empleada es externa, se le debe pagar el auxilio de transporte que está en $162.000, lo que suma un total de $1.462.000 mensuales.
Adicional a ello, la empleada debe ser afiliada a salud, pensión, riesgos laborales, y a una caja de compensación familiar, y por supuesto, el pago de prestaciones sociales que consiste en cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, y vacaciones.
Cuanto se le paga a una empleada doméstica por día en 2024.
Cuando la empleada doméstica trabaja por días, se le debe pagar el valor del día más lo que corresponde al descanso dominical proporcional.
El salario mínimo para el 2024 en Colombia está en $1.300.000, y como para efectos laborales el mes se entiende de 30 días, dividimos ese valor en 30, por lo que por cada día de trabajo se debe pagar la suma de $43.333.
Adicional al día de trabajo, se le debe pagar el descanso dominical remunerado proporcional, en aplicación del artículo 173 del código sustantivo del trabajo, tema desarrollado en el siguiente artículo.
El domingo es un descanso remunerado, y para tener derecho a él hay que trabajar la semana completa, que son 6 días, de lunes a sábado, así que por cada día de trabajo se tiene un sexto del descanso dominical remunerado.
Como el valor del día es de $43.333, por cada día de trabajo corresponde un sexto de ese valor, es decir, $7.222 por concepto de descanso dominical remunerado.
Pero, además, si el empelada es externa, lo que ocurre siempre que se trabaja por días, se le debe pagar el auxilio de transporte, que también es proporcional.
Para el 2024 el auxilio de transporte es de $162.000, valor que dividimos entre 30 para determinar el auxilio de transporte diario, que resulta ser de $5.400.
En resumen, la empleada doméstica debe recibir por lo menos el siguiente valor por cada día de trabajo:
Concepto. | Valor. |
Salario | $43.333 |
Descanso dominical | $7.222 |
Auxilio de transporte | $5.400 |
Valor total | $55.955 |
Por cada día de trabajo se debe pagar la suma de $55.955, valor que se multiplica por el número de días que la empleada trabajo en la semana, quincena o mes según el periodo de pago acordado, pago que se puede hacer también diariamente, es decir, día trabajado día pagado.
Es lo mínimo que se le debe pagar a la empleada, ya que el empleador puede pagarle más según acuerdo entre las partes.
Como ya señalamos al inicio, las empleadas del servicio doméstico deben estar afiliadas a seguridad social, que comprende salud, pensión y riesgos laborales.
Los porcentajes de aporte son los siguientes :
- Salud: Empleador 8.5%, empleada 4%
- Pensión. Empleador 12%, empleada 4%.
- Riesgos laborales. Empleador 0.525 %.
Llevando a valores, para el 2024 el pago mensual de estos conceptos es del siguiente:
Concepto | Empleador | Empleada |
Salud | $110.500 | $52.000 |
Pensión | $156.000 | $52.000 |
Riesgos laborales | $6.786 | $0 |
Total | $273.286 | $104.000 |
En el caso de las empleadas que laboren por días, existe la posibilidad de aplicar lo explicado en el siguiente artículo.
Los aportes a seguridad social se hacen sobre una base mínima de un salario mínimo, así que, en los casos en que la empleada doméstica labore por días o medio tiempo, y no tenga un salario mínimo, los aportes deben hacerse en todo caso sobre el salario mínimo, en caso que no pueda aplicar para pagar seguridad social por días.
Esto implicará que tanto empleador como empleada deban completar los valores faltantes hasta completar la cotización mínima.
Parafiscales empleadas domésticas en el 2024.
El empleador no debe pagar aportes al Sena ni al ICBF por su empleada doméstica, pero sí debe afiliarla a una caja de compensación, conforme se explica en el siguiente artículo, con un 4% sobre el salario mensual de la empleada.
La empleada del servicio doméstico tiene derecho a las prestaciones sociales, ya sea que trabaje tiempo completo, medio tiempo o trabaje por días, tema explicado en el siguiente artículo.
Se le deben pagar los siguientes conceptos:
- Prima de servicios.
- Auxilio de cesantías.
- Intereses sobre cesantías.
- Vacaciones.
Si la empleada trabaja por días, igual tiene derecho al pago de las prestaciones sociales que se liquidan conforme se explica en el siguiente artículo.
Resumiendo, el valor de las prestaciones sociales por cada día sería el siguiente con base al salario mínimo para el 2024:
Concepto | Valor |
Prima de servicios | $4.644 |
Cesantías | $4.644 |
Intereses sobre cesantías | $557 |
Provisión para vacaciones | $ 2.108 |
Total | $ 11.954 |
El valor del salario rio diario con prestaciones es $67.910 sin contar con los costos de la seguridad social.
Valor total del día de trabajo de una empleada doméstica.
Sumando los diferentes conceptos tenemos que el costo diario de tener una empleada doméstica es el siguiente.
Si el salario es mensual se tienen los siguientes costos:
Concepto | Valor |
Salario | $1.462.000 |
Prestaciones sociales | $296.000 |
Seguridad social | $273.000 |
Total | $2.031.000 |
Este costo incluye el auxilio de transporte, de modo que si la empleada es interna se descuentan $162.000.
Indemnización por despido injusto de empleada doméstica.
Adicional a los pagos anteriores, en caso que la empleada doméstica sea despedida sin justa causa, se le debe pagar la indemnización por despido injusto de que trata el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, igual que a cualquier otro trabajador.
La indemnización no se paga cuando la empleada renuncia, o en común acuerdo dan por terminado el contrato de trabajo, lo que implica que la empleada acete o esté de acuerdo con esa decisión.
Pagos en especie a la empleada doméstica.
Es normal que el empleador suministre la alimentación y la vivienda a la empleada doméstica, y es legal que ello se considere como un pago en especie, que está sujeto al 30% del total del salario.
Si el empleador suministra alimento y vivienda a la empleada doméstica, y no se los cobra o no se los descuenta, debe incluir en el contrato que dichas especies no constituyen salario, porque si no se hace esa exclusión expresa, la ley entenderá que es un pago en especie que se sumará al pago en efectivo, lo que hará que se incremente la base para liquidar seguridad social, prestaciones sociales, indemnizaciones y los aportes a la caja de compensación familiar.
¿Cuánto se le paga a una empleada doméstica interna?
El salario de una empleada interna es el mismo que se le paga a una que no sea interna.
Sin embargo, a la empleada interna no se le paga auxilio de transporte, y eso hace que el valor de las prestaciones sociales disminuya, puesto que el auxilio de transporte no hará parte de la base para su liquidación al no tener derecho a él. Si tuviera derecho al auxilio de transporte, este haría parte de la base para liquidar las prestaciones sociales.
Además, cuando la empleada doméstica es interna, es posible que la vivienda se considere como pago en especie, disminuyendo lo que se debe pagar en efectivo.
En la empleada externa, la alimentación puede ser acordada como pago en especie, pero no la vivienda.
Guía Laboral 2024
Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.
Su sitio siempre me ha ayudado mucho. Felicitaciones. Explican todo de una manera muy didáctica.
Me parece injusto que una empleada doméstica que se quede, gane lo mismo que las que trabajan por día, pues se le debe cancelar más solo con el echo de quedarse en la casa de los patrones, puesto que tienen que levantarse más temprano y acostarse más tarde, trabajan más de 12 horas por el mismo sueldo que una que trabajan por día, me parece que esta ley está mal elaborada
Si la empleada trabaja solo de lunes a viernes, tiene derecho al pago por el día de descanso ?
Yudith, desde luego que si porque el artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo señala claramente que el empleador debe remunerar el descanso dominical con el salario ordinario de un día, a los trabajadores que habiéndose obligado a prestar sus servicios en todos lo días laborales de la semana, no falten al trabajo, o que, si faltan, lo hayan hecho por justa causa o por culpa o por disposición del empleador. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 3138830983. NOTA: Respondo de manera gratuita máximo dos preguntas en materia laboral que me hagan escribiendo a mi whatsapp o llamando a mi celular. Asesorías en contratos laborales, despidos e indemnizaciones laborales.
Buenos días, tengo empleada tres días a la semana y quiero saber cuanto se le paga por día.
Y si quiero afiliarla a salud, pensión y ARL. pero por tres días se puede?
Y ella dice que tiene salud con el esposo y no se quiere salir, puede continuar o mejor afiliarla uno.
Buenos días, quisiera saber si al contratar una empleada domestica y suministrarle el desayuno y el almuerzo en que porcentaje del salario se puede descontar gracias
Buenos días, si contrato una empleada domestica y llegamos aun acuerdo del pago mensual correría el riesgo que me llegase a reclamar lo de ley.
Gracias.
Miguel, desde luego podría ocurrir que lo demanden. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral.
Buenos días, quisiera saber si al contratar una empleada domestica y suministrarle el desayuno y el almuerzo en que porcentaje del salario se puede descontar gracias
Buenas tardes una empleada domesica por 2 dias al mes, se le debe afiliar a la seguridad socila?
Como puedo afiliara un persona domestica al imss
Falleció mi madre y tenía contrato termino fijo con la empleada doméstica, para continuar con ella se pueden seguir pagando los aportes con su cc o mi hermano quien no es su empleador puede continuar pagando todos sus aportes y el salario pues la presentación del servicio continúa
Buenas tardes a una empleada doméstica si los jefes no le pagan el sueldo de lo que le corresponde y ni le han dado primas y prestaciones ni vacaciones.ellos dices que no me toca nada de eso/ dígame usted donde me dirijo para hacer valer mis derechos porque ellos cada vez que les digo sobre eso me dicen que no me toca nada de eso que le parece
Muchas gracias, muy clara la información.
Su ayuda es muy buena pues nos da conceptos y explicaciones claras, me gustaría saber si empleo a una persona para servicio doméstico sólo por medio tiempo con sus prestaciones legales, y vacaciones y todo lo que se requiere, cuál es el valor que debo cancelar por medio tiempo y si puedo tenerla mensualmente. Gracias.
Hola buenas, podrían colocar el fundamento jurídico de toda esta información, es para la tarea :(?
Buenos días, Hans
Básicamente, el marco normativo es el código sustantivo del trabajo y la ley 100 de 1993. Para normatividad más específica consulte los artículos individuales de cada tema, como por ejemplo la prima de servicios en el servicio doméstico.
Saludos
Buen día,
Cuánto le debo pagar de pensión, subsidio familiar y ARL a una empleada doméstica que labora 5 horas de lunes a viernes?
Gracias
Monicep: Se les debe pagar lo mismo que a los demás trabajadores. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Teléfono: 3138830983.
CUANTAS HORAS ES UN DIA DE TRABAJO DOMESTICO?
Daniel, Si la trabajadora va por días, la jornada no puede ser más de 8 horas en el día ni más de 47 a la semana. Si es interna podrá trabajar 10 horas diarias sin que se genere trabajo extra y desde luego con descanso el día domingo y festivos. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Contesto de manera gratuita máximo 2 preguntas de asuntos laborales que me hagan vía whatsapp. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos, licencias y permisos, embargos salariales, aportes a seguridad social e indemnizaciones laborales.
Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Contesto de manera gratuita máximo 2 preguntas de asuntos laborales que me hagan vía whatsapp. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos, licencias y permisos, embargos salariales, aportes a seguridad social e indemnizaciones laborales.
Hola
Quisiera saber para el 2024 cuanto debo pagarle en total con prestaciones a una empleada que labora solo un dia a la semana
Gracias
Luisa, en esta herramienta puede hacer el cálculo, teniendo en cuenta que el salario diario no puede ser inferior a $43.333, resultado de dividir $1.300.000 entre 30 días.
saludos
cuanto se le debe pagar a una empleada domestica por riesgos laborales que trabaja por días y donde se puede afiliar?
Buenos días, Ivonne.
El servicio doméstico está clasificado en nivel I de riesgo, por lo que debe pagar la tarifa de 0.522%, y considerando que la base mínima es un salario mínimo, tendría que pagar $6.786 mensuales.
La puede afiliar a cualquier ARL, como Sura, entre otras.
la suma de estos valores no es correcto.
Concepto. Valor.
Salario $43.333
Descanso dominical $7.222
Auxilio de transporte $5.400
Valor total $59.956 –Esta errado.
El valor total debe ser $55.955
Gracias por la observación, Dafne. Se ha corregido el error de transcripción.
Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Contesto de manera gratuita máximo 2 preguntas de asuntos laborales que me hagan vía whatsapp. Asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos, licencias y permisos, embargos salariales, aportes a seguridad social e indemnizaciones laborales
Buenas noches si a mi empleada que labora 1 dia a la semana le hago liquidacion diaria de esta manera :
Salario diario $ 43.333
subsidio trasporte $5400
descanso dominical $ 7222
prima $ 4644
cesantias $ 4644
intereses cesantias $ 557
vacaciones $ 2108
salud $ 3684
Pension $ 5200
Arl $ 3016
total dia $ 76808.
ella podria demandarme por prestaciones al finalizar su contrato de trabajo por dias ?
Cómo declara una persona que recibe Ingresos del exterior, a través de una plataforma y son enviados
( LOS INGRESOS A UNA CUENTA QUE REALIZA ESTA CLASE DE TRANSACCIONES? ).
Los ingresos que recibe una persona del exterior, se declaran como cualquier otro ingreso, ya que han sido obtenido por ejercer una actividad en el país, siendo de fuente nacional.
Debe tenerse en cuenta el tratamiento del Iva en este tipo de ingresos, puesto que, si es un servicio prestado en el territorio nacional, es gravado a no ser que se trate de un ingreso excluido del Iva, de modo que si es responsable del Iva, debe pagar el Iva por esos ingresos.
Saludos